Secretaría del Trabajo pone nuevas reglas sobre subcontratación: conoce las modificaciones

En el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se muestran ajustes donde las autoridades pueden solicitar información de que se cumplan los artículos 12 al 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). De no ser así, se iniciarían procedimientos administrativos.

Las autoridades solo permiten la subcontratación «de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público a que se refiere el artículo 15 de esta ley», destaca el apartado 13.

Mientras tanto, el artículo 15 menciona que «las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación, deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Para obtenerlo,

deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. El registro al que hace mención este artículo deberá ser renovado cada tres años».